PRESENTACIÓN

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13 de octubre de 2011

EL CONSEJO DE GOBIERNO APRUEBA LA CREACIÓN DE LA TARJETA DEL ANDALUZ O ANDALUZA EN EL EXTERIOR

 
El Consejo de Gobierno aprueba la creación de la Tarjeta del Andaluz o Andaluza en el Exterior

El nuevo documento facilitará a los casi 200.000 residentes en el extranjero el acceso a las prestaciones y servicios de la Administración autonómica
El Consejo de Gobierno ha aprobado la creación de la Tarjeta de Andaluz o Andaluza en el exterior, que facilitará a este colectivo de casi 200.000 personas, la relación con la Administración autonómica y el acceso a sus prestaciones y servicios en igualdad de condiciones que los residentes. La tarjeta, de carácter gratuito, se expedirá en dos modalidades: una para las personas que viven temporalmente en el extranjero y otra para quienes regresan a Andalucía o retornadas.
A la primera modalidad podrán acceder los andaluces inscritos en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero (PERE), en algún municipio andaluz, y aquellos que se encuentran temporalmente fuera de Andalucía y tienen vecindad administrativa en la comunidad autónoma. En ambos casos, el documento pueden solicitarlo tanto las personas mayores de 18 años como los menores a través de sus representantes legales.
Por su parte, la tarjeta para personas retornadas se dirigirá a aquellos andaluces en el exterior y oriundos de la comunidad, incluidos los descendientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que regresan para residir de manera estable.
El consejero de Gobernación y Justicia, Francisco Menacho, ha resaltado que este documento, que supone un "paso más" en el reconocimiento de los mismos derechos a los andaluces que residen dentro y fuera de la comunidad, da cumplimiento al Estatuto de Autonomía y responde, además, a una reivindicación expresada en numerosas ocasiones por este colectivo.
En sus dos variantes, el nuevo documento facilitará el acceso a la información y asistencia de la Administración autonómica en el ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus obligaciones; el conocimiento del estado de tramitación de los procedimientos en los que sea titular de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos; la posibilidad de solicitar certificación de las declaraciones presentadas, y cualquier otro derecho que se reconozca por el Gobierno andaluz. Asimismo, con su presentación ya no será necesario acreditar la inscripción en el PERE para los procedimientos administrativos.
En este contexto de mejora de la relación con la Administración autonómica, la nueva tarjeta agilizará todos aquellos trámites que son necesarios para el acceso a los servicios y prestaciones de la Junta, que la Ley 8/2006 del Estatuto de los Andaluces en el Mundo reconoce en iguales condiciones que los residentes. Entre estos procedimientos, destacan los relativos a la formación profesional para el empleo 'on line'; la homologación de estudios y acceso a becas; el apoyo a pymes y emprendedores; la obtención del Carné Joven; la asistencia jurídica a través de Internet sobre igualdad de oportunidades y violencia de género; el conocimiento de los programas y actividades medioambientales que desarrolla la Junta, y el acceso al patrimonio cultural y a la Biblioteca Virtual de Andalucía. El documento permitirá también obtener la tarjeta sanitaria a los residentes en el extranjero, una posibilidad cuya normativa elabora actualmente la Consejería de Salud.
En el caso de las personas retornadas, este colectivo podrá, además, agilizar sus trámites para la inscripción en los registros municipales de demandantes de vivienda y para solicitar el acceso a plazas en residencias para mayores.
La tarjeta, de carácter personal e intransferible, no tiene valor acreditativo de la identidad del titular, por lo que deberá presentarse siempre con el DNI, pasaporte o documento equivalente. Su vigencia será de diez años renovables por igual periodo en la primera modalidad y de tres años en el caso de las personas retornadas, plazo que se contará a partir de la fecha del regreso definitivo acreditada mediante el certificado de empadronamiento.
Solicitudes
Las solicitudes podrán realizarse a través de la formalización del modelo que estará disponible en la web www.juntadeadalucia.es/gobernacionyjusticia. Tanto estas peticiones como la documentación se presentarán, preferentemente, en el registro general de la Consejería de Gobernación y Justicia y en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
De acuerdo con los últimos datos actualizados del PERE, del total de 1.702.778 españoles residentes en el extranjero, 196.937 son andaluces (de ellos, 100.303 mujeres y 96.634 hombres).
Los principales países de acogida son Argentina, donde residen 42.036 andaluces; Francia 33.459, Alemania 22.661, y Brasil 16.093. Les siguen Reino Unido (8.514), Bélgica (8.491), Estados Unidos (7.593), Venezuela (5.752), Países Bajos (4.050), México (3.734), Andorra (2.848), Australia (2.474), Italia (2.384), Marruecos (2.279), Cuba (2.093), Chile (2.035), Uruguay (1.878), Portugal (1.163), Canadá (1.041), Colombia (950), Suecia (816), Perú (806), Luxemburgo (678), Bolivia (657). Los 8.359 restantes se distribuyen entre distintos países.

Fuente: Oficina de la Portavoz del gobierno. Junta de Andalucía

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